CODIGO DE SANCIONES
 
Reglamento general
Código de sanciones


 

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Código de sanciones del papi fútbol De La Salle

TITULO 1:
ART. 1º
Este organismo es un ente para corregir faltas de ética y disciplinarias de todo participante del torneo.
Todos los integrantes del Tribunal son elegidos por la Comisión Organizadora, estos integrantes tratarán todo caso elevado al Tribunal mediante informes escritos por las autoridades correspondientes; Pueden asimismo iniciar acciones de oficio sobre hechos que observen dentro del Colegio.
Las sanciones disciplinarias aplicadas a todo participante serán las taxativamente se enumeren a continuación:
A) APERCIBIMIENTO
B) SUSPENSIÓN
C) EXPULSIÓN
Las sanciones se graduarán de acuerdo al tratamiento del Tribunal de Ética y disciplina. Sus resoluciones serán notificadas por escrito, se llevara duplicado de toda sanción y se archivara para tener antecedentes de toda causa disciplinaria por causante. Las sanciones se entregarán en sobre cerrado al Capitán el día de partido, se notificará por e-mail y se subirá a la Página Web. Toda sanción es tabulada por el código de sanciones de la Comisión Organizadora del torneo.

TITULO 2:
ART. 2º DE LOS JUGADORES
Las sanciones que se enumeren a continuación son por causa que se informen por escrito, tanto por el Árbitro, Veedor, Miembro de la Comisión, del Tribunal o cualquier participante del torneo.

SANCIÓN DE APERCIBIMIENTO
Será sancionado aquella persona que cometa una sanción leve y de carácter correctiva. Con esta sanción deberá cambiar su actitud y con su notificación por escrito y los antecedentes del causante pasaran al archivo del tribunal.
Se notifica que la próxima sanción lo hará pasible de una sanción mayor, según el carácter de la falta del reincidente.

SANCIÓN DE SUSPENSIÓN
Esta sanción se codifica según el hecho que cometiera el causante, sus antecedentes serán siempre consultados, en algún caso especial se citara al mismo, a los que se hallaren involucrados, al Sr. Veedor, o Miembros de la Comisión para recibir mejor información. En caso de requerir el tribunal  una citación de Miembros de un equipo, o jugador alguno este debe concurrir obligatoriamente a esta citación, caso contrario debe hacer su descargo por escrito y justificar debidamente su ausencia, la falta de estos actos se tomará como rebeldía hacia el Tribunal y agravará la sanción del causante. Se adjunta al presente el código de penas en artículos posteriores.

SANCIÓN DE EXPULSIÓN
Esta sanción se codifica por hechos graves que cause una o más personas, estará estipulada en próximos artículos del presente código, en caso de aplicar esta sanción se tendrá en cuenta los antecedentes, los hechos causados, su conducta dentro de la orientación que tiene este torneo, pues es bien sabido que el Colegio De La Salle desea la unión y la conformación de la Familia, basada esta conducta en la Comunidad Cristiana donde sus Fundadores Los Hermanos Lasallanos día a día nos inculcan para tener una gran Familia y un claro horizonte.

TITULO 3:
ART. 3º DEL APERCIBIMIENTO
Se aplicará a todo participante del torneo y donde su falta no sea de una sanción mayor, este causante puede estar en el campo de juego o en sus adyacencias del mismo, se lo notificará por escrito y sus antecedentes quedarán en el archivo. La notificación será por medio del Capitán del equipo.

ART. 4º DE LA SUSPENSIÓN
La presente sanción se codifica de la siguiente forma, su resolución será notificada por escrito al causante por medio del Capitán del equipo. A continuación se enumeran las causas de sanción. Esta Comisión Organizadora se reserva todo derecho de sancionar cualquier otro hecho no previsto en este Código.
A) Por doble tarjeta amarilla en un partido (sin falta agraviante del causante) 1 Fecha.
B) Acumulación de 3 tarjetas amarillas por faltas leves 1 Fecha.
C) Acumulación de 3 tarjetas amarillas siendo por juego Brusco más de una la sanción será como mínimo de 2 Fechas y se tendrá en cuenta sus antecedentes y por ello se podrá aumentar dicha sanción por una fecha más.
D) Por una Tarjeta azul, se tendrá en cuenta sus antecedentes en otras tarjetas, la falta que ocasionó la misma y el Tribunal tiene la facultad de aplicar o no una sanción estipulada en este Código.
E) Acumulación de 2 tarjetas azules puede llevar a una sanción más severa, partiendo del informe del Árbitro – Veedor o Autoridad del Torneo, podrá el Tribunal sancionar al causante por sus hechos y sus antecedentes partiendo de una sanción de 1 Fecha.
F) Expulsado del campo de juego por:
1) Protestar fallos en forma desmedida y por doble amarilla la sanción será de 1 a 3 Fechas.
2) Expulsado por doble amarilla, 1º protestar fallo y 2º juego brusco la sanción será de 1 a 3 Fechas.
3) Expulsado por doble amarilla en manos reiteradas la sanción será de 1 a 3 Fechas.
4) Expulsado por doble amarilla sin insultos y sin protestar al juez o al adversario de 1 a 3 Fechas.
5) Expulsión por doble amarilla por juego brusco y sin antecedentes, retirándose del campo correctamente la sanción será de 1 a 3 Fechas.
6) Expulsado del campo de juego por cualquier causa mencionada anteriormente y cuando se retira del campo de juego o fuera del mismo efectúa protestas desmedidas sobre su sanción la pena se agrava y es de 1 a 6 Fechas.
7) Expulsado del campo de juego por juego mal intencionado y con riesgo al adversario, retirándose del campo de juego sin protestar, la sanción será de 1 a 6 Fechas.
8) Expulsado del campo de juego por juego mal intencionado y con riesgo al adversario, retirándose del campo de juego realizando protestas al juez, Veedor o al adversario sin intento de agresión a los mencionados la sanción será de 1 a 12 Fechas.
9) Expulsado del campo de juego por insulto a un adversario, Veedor o autoridad del torneo la sanción será de 1 a 28 Fechas.
10) Expulsado del campo de juego por arrojarle el balón al juez o a un adversario y con protesta la sanción será de 1 a 28 Fechas.
11) Expulsado del campo de juego por cualquier causa, retirándose del campo de juego insultando al juez, Veedor, autoridad del torneo, estando fuera del campo y no retirándose hacia el vestuario sigue protestando o insultando a los mencionados, provocar a un adversario que estuviera dentro o fuera del campo de juego, provocar de palabra a todo participante del torneo o provocar algún tipo de desmanes en el Colegio la sanción será de 1 mes a 5 años.
12) Participante del torneo que fuese expulsado y realizara intento de agresión, antes, durante o después del encuentro, dentro del campo de juego, fuera del mismo sin participar del partido, acompañando estos hechos con provocaciones, amenazas o insultos a jugadores, Arbitro, Veedores, miembros del Tribunal, Miembros de la Comisión, público parcial será sancionado 1 mes a 5 años.
13) Participante del torneo que realizare protestas desmedidas, burlándose con gestos o expresiones injuriosas, ofensivas, maliciosas o tendenciosas con el juez, estando jugando o como suplente, se agrava si desde afuera del campo de juego como suplente o hubiese sido cambiado efectuando insultos, hechos de reclamos con agraviantes palabras, incitar a la violencia a sus compañeros, en caso que lo mencionado, lo cometiese el capitán del equipo se agrava la sanción  1 mes a 5 años.
14) Participante que fuese expulsado por realizar un intento de agresión con insulto, amenace, injurie, agravie, efectúe ademanes obscenos, ofenda al juez, veedor, autoridad del torneo será sancionado con 1 mes a 5 años.
15)  Se sancionará a todo participante que formule apreciaciones injuriosas sobre miembros de la Comisión organizadora, efectúe apreciaciones adversas respecto a decisiones tomadas por el árbitro, difundir injurias de cualquier participante, partiendo de comentarios, actos y desmanes de cualquier participante del torneo dentro del ámbito de juego, vestuarios, parrilla, realizare burla de alguna persona sobre un puntual hecho o causa de juego( esto conlleva a no menospreciar a toda persona ) el causante de ésta falta será sancionado con 1 mes a 5 años.     

ART. 5º INFRACTOR NO EXPULSADO
En caso que un participante cometiera algún acto sancionable por la Comisión Organizadora del torneo, estipulado o no en éste Código de sanciones, está facultada a actuar de oficio sin dar curso al tribunal de E. y D., si lo considerase oportuno dará curso al tribunal para que este actúe en consecuencia, el infractor puede ser excluido del torneo por el solo hecho de violar la orientación del torneo y de la Familia Lasallana.

TITULO 4:
ART. 6º DE LOS EQUIPOS
Estará todo equipo sujeto a la actuación en conjunto, el equipo que actúe con hechos agraviantes y en un todo, tanto verbal o de hecho será sancionado; el equipo que viole las siguientes pautas se lo sancionará con la expulsión o exclusión de los que participaren en acciones violentas o que cometieran las siguientes faltas:
A) Incluir en un partido a un jugador que no figure en la lista de Buen fe, presentada anteriormente a las autoridades del torneo le corresponde: Expulsión del torneo.
B) No acatar resoluciones emanadas del Tribunal de Disciplina o de la Comisión Organizadora, adulterar o falsear planilla de juego, adulterar documento o no presentar el mismo a solicitud de los organismos de control le corresponde Expulsión del torneo.
C) Al equipo que por sus integrantes cometiese daños en las instalaciones del Colegio, incurrir en actos de violencia contra personas que participen en el torneo o llevan su conducción, que humillen a participantes del torneo, al público presente, o que realizaren graves hechos no previstos en el actual código de sanciones, dentro del ámbito del Colegio o en sus inmediaciones pues con ello dañan el gran prestigio que tiene el Colegio De La salle; la pena será: Expulsión del torneo.

TITULO 5:
ART. 7º TRIBUNAL DE ALZADA
Se creó este Tribunal de Alzada para que todo equipo que considere que la falta impuesta por el Tribunal de Disciplina es de carácter excesivo o inadecuado, puede apelar la misma. Para ello deben seguir los siguientes pasos para elevar su reclamo, de no ser así no tendrá validez; a saber:
A) Debe ser presentado por el  Capitán del equipo en forma escrita, bien legible sus reclamos, aclarando en todo lo posible los mismos y sus causas.
B) Deberá tener la firma del capitán y del causante de la sanción y aclarada las mismas.
D) Los reclamos se efectuarán antes de jugar en el Colegio y avisando telefónicamente a la Comisión su presentación, para que esta retire y tome una adecuada previsión para el primer partido a jugarse.
E) Para todo reclamo al Tribunal de Alzada la pena debe exceder la mitad de lo previsto en el Código de Sanciones.
F) Las apelaciones pueden sufrir modificaciones tanto como reducciones o ampliaciones y sus Fallos serán de carácter INAPELABLES.
    
TITULO 6:
ART.8º INSTRUCCIONES PARTICULARES RELACIONADAS CON LA ORGANIZACIÓN Y CONDUCCIÓN.
En carácter de reserva de todo derecho la Comisión Organizadora, mayor Ente  del Torneo de Papifútbol del Colegio De La Salle, esta facultada a  modificar, agregar, adecuar todo tipo de disposiciones del presente Código de sanciones, así mismo la Comisión tiene el control y reserva de todo participante del torneo para resguardar el origen de su fundación, la Trayectoria y la conducta ya ganada con el prestigio y la orientación emanada por sus fundadores y Hermanos Lasallanos en un todo con sus familias, para que día a día todos juntos lleven a buen destino con sus conductas  y desempeños deportivos el ejemplo para nuestros hijos y hermanos.
Quedan reservados todos los derechos sobre la conducción, la orientación sobre los infractores en aplicarles sanciones correctivas para seguir en el camino que nos dieron nuestros antecesores, asegurar que en el ámbito del Colegio reine la buena conducta y que dentro de ella se desarrolle la actividad deportiva en el ámbito de Familia Lasallana.

ART. 9º PRESCRIPCIÓN PARTICULAR
El presente Código de Sanciones fue instaurado el día 4 de agosto de 1998, y puede sufrir cualquier modificación impuesta por la Comisión organizadora y entra en vigor con efecto inmediato y es válido para las competencias que organicen los mencionados.

ART. 10º
La Comisión Organizadora dispone que en caso de no presentarse a la reunión del Tribunal de ética y Disciplina, alguno de los representantes de los equipos designados para ello, será reemplazado en esa reunión por:
A) Un suplente designado para tal efecto por la Comisión organizadora.
B) Un miembro de la Comisión Organizadora, perteneciente a una zona distinta a la del tema a discutir y/o sancionar.
C) Este código con sus modificaciones se pondrá en vigencia a partir del Campeonato Apertura 2001.-

ART. 11º 
Todos Los participantes declaran conocer y respetar el presente reglamento. Y aceptan a la Comisión Organizadora, como responsable de la aplicación y cumplimiento del presente Reglamento.

 

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